Hemos empezado en clase a ver el decreto de convivencia en Castilla la mancha. Y me ha llamado la atención las diferencias enormes respecto al decreto que esta vigente en la comunidad de Madrid. Soy un defensor de que en competencias políticas haya diferencias autonómicas pues un niño que viva en el norte no tiene las mismas necesidades que uno que viva en el sur por ejemplo, por lo que una obligación en una parte podría ser perjudicial en el otro o simplemente no tener sentido.
Pero el caso que me lleva esta entrada es referente al decreto que habla sobre lo ya estudiado sobre la resolución de conflictos. Hemos visto como dos visiones distintas de ámbito político hacen que los dos decretos sean radicalmente diferentes y se basen en modelos tan dispares como el punitivo en el Madrileño y el más cercano a un modelo integrador en el Castellano. Hemos observado en la lectura del de Castilla como continuamente integra a toda la comunidad educativa par ala toma de decisiones y resolución de problemas, busca que las partes las cuales estén en un problema tengan todos los medios para llegar a una solución teniéndose en cuenta el porque, la situación de ambas y que ese problema no se pueda repetir en el futuro. Se preocupa por no prohibir, sino por integrar todas las partes en soluciones y dejar bases para que casos así no vuelvan a pasar o se sepa como actuar. En cambio en Madrid observamos nada más empezar una lista larga de deberes a cumplir de los niños y prohibiciones varias que molesten al buen desarrollo de la clase. Con esto vemos que se fortalece a un modelo punitivo, en el cual no interesa ver porque el alumno no debe hacer eso, sino que lo deje de hacer y ya esta, sin explicación alguna ni interés porque aprendan un buen comportamiento, pues al salir de clase ya le da igual a este sistema si hace eso que le ha prohibido, pues solo le interesa en el aula. Esto se refuerza porque al profesor se le pone por encima del alumno, al contrario que en Castilla donde toda la comunidad educativa esta en el mismo nivel, al ser su único deber el ser un vigilante de que esos deberes, y prohibiciones en cubiertas, sean cumplidas por los niños o si no serían castigados.
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